El Gobierno elabora una normativa para profesionalizar este sector. Las empleadas del hogar podrán tener prestación por desempleo, gozar de sus vacaciones de forma continuada y formalizar su contrato por escrito.

Los datos de la afiliación a la Seguridad Social y los de la última Encuesta de Población Activa (EPA) lo dejan claro: de las casi 800.000 personas que en España se dedican al servicio doméstico, dos terceras partes se mantienen en la economía sumergida.

Pero ha llegado la hora de cambiar, y a partir del año que viene este colectivo de trabajadores, formado en su mayoría por mujeres, contará con nuevos y mejores derechos laborales. Para ello, el Gobierno se pondrá manos a la obra a través de dos líneas de actuación: la integración del Régimen Especial de Trabajadoras de Hogar en el general de la Seguridad Social y la creación de una norma que regule la contratación de estos trabajadores.

Esta última medida, aún en proceso de elaboración, está orientada a profesionalizar el sector y dotarle de unas condiciones laborales equiparables a las del resto de ámbitos. Y para comenzar, qué mejor que hacerlo facilitando a este colectivo la prestación por desempleo y aumentando su cotización a la Seguridad Social. De este modo, el pago actual de 146 euros mensuales será considerado el mínimo y se incrementará en función de la retribución que tengan. Ésta quedará, junto con el resto de sus condiciones laborales, plasmada en un contrato que deberá formalizarse por escrito, ya que hasta ahora todo quedaba zanjado de forma verbal.

«Esto posibilita innumerables problemas a la hora de determinar cuál ha sido el pacto entre las partes», subraya la miembro de la Asociación de Trabajadoras de Hogar de Bizkaia (ATH-ELE), Conchi González. La formalización del contrato por escrito es un paso más, pero siempre que éste «recoja y especifique todos los datos importantes de la relación laboral: salario y su revisión, jornada y horario, tareas, descansos o vacaciones».

Vacaciones… por fin

La igualdad de condiciones llega a todos los rincones del ámbito laboral de las empleadas de hogar. Incluso al de las vacaciones. Y es que ahora podrán disfrutarse de forma seguida, aunque avisando con dos meses de antelación.

Asimismo, la jornada laboral máxima será de 40 horas semanales. Y si esa cifra se superara, el tiempo de más deberá retribuirse como horas extraordinarias.

La nueva normativa permitirá a este colectivo, además, disfrutar del seguro de paro y aumentar de siete a 20 días la indemnización mínima por año trabajado.

Legalización de empresas

La reforma del Gobierno permitirá, además, que no sólo los particulares puedan contratar a empleadas del hogar. También podrán hacerlo compañías especializadas, que hasta ahora han vivido una situación más próxima a la ilegalidad que a lo políticamente correcto.

Además, y con el objetivo de mejorar la situación a unos y otros, el Ejecutivo potenciará la creación de cooperativas que puedan cubrir trabajos por horas. Así, si la trabajadora ha de darse de baja por enfermedad, la familia que contaba con sus servicios tendrá a su disposición a otra que pueda cumplirlos.

Jubilación anticipada

Y si los empleados del servicio doméstico tienen derecho a paro y a una indemnización en caso de despido, los que han cumplido con su vida laboral también tienen nuevos derechos: la normativa que prepara el Gobierno incluye la posibilidad de jubilarse anticipadamente, algo que hasta ahora no se permitía a estos trabajadores.

Los que, por su parte, estén de baja por enfermedad, también verán mejorada su situación, ya que se igualará a la del régimen general. Podrán olvidarse, por tanto, de recibirla a partir de los 29 días.

Líneas básicas de la reforma

– Contratos por escrito.

– Jornadas laborales de 40 horas semanales.

– Horas extras retribuidas.

– Aumento de la cotización a la Seguridad Social.

– Seguro de paro.

– Indemnización mínima de 20 días por año trabajado.

– Posibilidad de jubilación anticipada.

– Posibilidad de contratación por compañías del sector.

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