Ésta es una pregunta habitual en personas que se han incorporado recientemente a una empresa. Si partimos de la base general de que corresponden como mínimo 30 días de vacaciones anuales a todo trabajador, llegaremos a una conclusión: por cada mes se disfrutan 2,5 días de asueto.

A partir de este dato, sólo tenemos que contar el tiempo que llevamos en la empresa para averiguar cuántos días de vacaciones nos aguardan. No está de más que consultemos el convenio laboral de la empresa por si éste recoge alguna grata sorpresa, como un período vacacional superior a los 30 días naturales.

¿Qué pasa si el contrato es temporal?

Las vacaciones no pueden intercambiarse por dinero, aunque, si has firmado un contrato eventual o de temporada y tu paso por la empresa no coincide con el período vacacional, sólo podrás cobrar una cantidad económica proporcional a los días que te corresponden junto con tu salario.

Lo mismo ocurre cuando finaliza una relación laboral sin haber gastado los días de vacaciones. Los días que no se han consumido se verán reflejados en el finiquito.

¿Cuándo se deben comunicar las fechas?

La empresa será la encargada de confeccionar un calendario con las vacaciones que corresponden a cada empleado. Las fechas deben comunicarse, al menos, dos meses antes de su comienzo.

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